¿Se puede intimar a un heredero a que acepte la herencia?
- Martin Ruano
- 5 jul 2023
- 1 Min. de lectura
Actualizado: 23 ago 2023
Cualquier interesado (por ejemplo, un acreedor) puede pedirle a un juez competente, que el heredero sea citado a manifestar si acepta o renuncia a una herencia.
El heredero, tendrá un plazo no menor de un mes ni mayor a tres meses para aceptar o renunciar la herencia.
Transcurrido ese plazo sin haber respondido, se lo tendrá por aceptante. Ello, sin perjuicio de los actos que implican aceptación tácita de la herencia.

Estudio Liberty. Estudio Jurídico especializado en Sucesiones, herencias y testamentos en Capital Federal y Provincia de Buenos Aires.
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