Derecho Sucesorio
Cualquier interesado (por ejemplo, un acreedor) puede pedirle a un juez competente, que el heredero sea citado a manifestar si acepta o renuncia a una herencia.
28 de mayo de 2025 • 4 minutos de lectura
Dr. Martin Ruano
El heredero, tendrá un plazo no menor de un mes ni mayor a tres meses para aceptar o renunciar la herencia. Transcurrido ese plazo sin haber respondido, se lo tendrá por aceptante. Ello, sin perjuicio de los actos que implican aceptación tácita de la herencia.
Abogado especializado en sucesiones con experiencia en el sector privado. Vivió 2 años en el exterior ampliando su formación profesional.
Luego de la pandemia, fundó Estudio Liberty, enfocándose específicamente en el nicho de las sucesiones para brindar un servicio especializado y personalizado.
Dr. Martin Ruano