Derecho Sucesorio

¿Responde el heredero por las deudas que dejó el causante?

El heredero deberá pagar a los acreedores de la sucesión, sólo hasta la concurrencia del valor de los bienes hereditarios recibidos. No con sus propios bienes.

16 de marzo de 20254 minutos de lectura

Dr. Martin Ruano

El heredero responde con sus propios bienes por el pago de las deudas del causante solamente en estos casos:

Sin embargo, el heredero responde con sus propios bienes por el pago de las deudas del causante, en estos casos: • Si no hace el inventario en el plazo de 3 meses desde que los acreedores o legatarios lo intiman judicialmente a su realización • Si oculta fraudulentamente los bienes de la sucesión, omitiendo su inclusión en el inventario • Si exagera dolosamente el pasivo sucesorio • Si enajena bienes de la sucesión, excepto que el acto sea conveniente y el precio obtenido ingrese a la masa hereditaria

Dr. Martin Ruano

Sobre el autor

Abogado especializado en sucesiones con experiencia en el sector privado. Vivió 2 años en el exterior ampliando su formación profesional.

Luego de la pandemia, fundó Estudio Liberty, enfocándose específicamente en el nicho de las sucesiones para brindar un servicio especializado y personalizado.

Dr. Martin Ruano

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